La fianza es una garantía, que respalda el cumplimiento de la obligación, ante un posible incumplimiento en que pudiere incurrir el titular del crédito. El contrato de fianza se encuentra legalmente establecido en el artículo 2361 del Código Civil Colombiano y se caracteriza, por ser un contrato de garantía personal.

Dentro de las políticas de crédito de la compañía se establece para nuestros clientes la exigencia de una fianza a través del FGA- Fondo de Garantías de Antioquia, la cual se constituye con el fin de asegurar el cumplimiento de pago de la deuda por medio de la existencia de un fiador subsidiario (FGA -Fondo de Garantías de Antioquia).

El valor de servicio de fianza es cobrado directamente por el fiador subsidiario (FGA Fondo de Garantías de Antioquia) por una única vez, desde el desembolso del crédito y no habrá lugar a devolución de este dinero en ninguna circunstancia.